¿Por que nunca se debe usar el término DOP para hablar de vinos?

Es importante que los consumidores comprendan por qué el uso del término Denominación de Origen Protegida (D.O.P.) puede resultar problemático al referirse a los sellos de calidad del vino en España

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Viernes 17 de Mayo de 2024

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La Denominación de Origen Protegida (D.O.P.) es una designación creada en la Unión Europea con el objetivo de proteger los nombres de productos agrícolas y alimentarios que poseen una calidad y características determinadas, derivadas esencialmente de su origen geográfico. Sin embargo, en España, este sello no es homogéneo sino que agrupa dentro varias menciones de calidad del vino que, aunque comparten ciertos estándares, son bastante diferentes.

En España se incluyen dentro de las DOP: V.P.Ca (vinos de pago calificado), V.P. (vinos de pago), D.O.Ca. (denominación de origen calificada), D.O. (denominación de origen) y V.C. (vinos de calidad con indicación geográfica).

Todos ellos son de calidad, pero unos deben cumplir mayores requisitos que otros. Sin embargo, si los llamamos a todos DOP los estaríamos metiendo en el mismo saco y entonces ¿para que usar los sellos españoles? Tanto un vino con indicación geográfica VC como un Vino de Pago son lo mismo, ambos son DOP y un consumidor no sabría diferenciarlos.

El uso del término D.O.P. para englobar estas diversas menciones de calidad puede llevar a equívocos y malentendidos, tanto entre los consumidores como incluso entre los profesionales del sector. Este término genérico no permite apreciar las sutilezas y diferencias que distinguen a cada categoría dentro del sistema español. Además, simplificar la jerarquía a un solo término puede desvalorizar los esfuerzos y la reputación de las bodegas o regiones que han alcanzado el estatus de DOCa o VP, por ejemplo, y que se distinguen por su compromiso con los más altos estándares de calidad.

Por estas razones, es fundamental utilizar las denominaciones correctas y específicas al referirse a los sellos de calidad del vino en España. Reconocer y respetar las diferencias entre DOCa., DO o VP no solo honra la rica tradición vitivinícola del país, sino que también proporciona a los consumidores una guía clara y precisa sobre la calidad y origen de los vinos que eligen disfrutar.

Además, utilizar estas menciones correctamente respeta el trabajo y la tradición de los viticultores. Y en cuanto a las bodegas, la diferenciación precisa entre estas categorías fomenta una competencia sana y estimula a los productores a mejorar constantemente la calidad de sus vinos, beneficiando a toda la industria vinícola española y, por supuesto, a los amantes del buen vino.

Solo existe un caso en que se persigue usar el término D.O.P. a toda costa para los vinos, y es en aquellos casos en que se trata de engañar o confundir al consumidor, intentando hacer pasar un vino de menor calidad, por ejemplo un vino con indicación geográfica por un vino de calidad superior difrazándolo con el término "D.O.P." y además añadiendo un nombre comercial que induzca al error, del estilo "Pagos de González" o algo así. Esto es legal, pero desde luego nada ético y el único propósito que se busca es engañar a los consumidores.

Para no perderse en siglas

En España, el sistema de menciones de calidad es diverso y detallado, permitiendo una clasificación precisa que va desde los vinos de pago hasta los vinos con indicación geográfica. Esta distinción es esencial para entender y apreciar la variedad y la calidad de los vinos españoles.

¿Cuáles son las DOP en España?

  • V.P.Ca (vinos de pago calificado)
  • V.P. (vinos de pago)
  • D.O.Ca. (denominación de origen calificada)
  • D.O. (denominación de origen)
  • V.C. (vinos de calidad con indicación geográfica)

(Ordenados de mayor a menores requisitos o criterios de calidad)

IMPORTANTE: los VT (Vinos de la Tierra) no son D.O.P. sino I.G.P., de hecho en estos casos no hay fallo, ya que la única IGP que existe en España es la VT.

Diferencia D.O.P. y I.G.P. del vino de España con sellos de calidad de Europa

Vinos de Pago Calificado (V.P.Ca.) y Vinos de Pago (V.P.)

Los Vinos de Pago representan la cúspide de la calidad vinícola en España. Un "pago" es una finca específica con características de suelo y microclima únicas, que influye directamente en las uvas y, por ende, en el vino producido. Los Vinos de Pago Calificado (V.P.Ca.) son una categoría superior dentro de los vinos de pago, indicando aún más rigor y exclusividad en la producción y calidad. En la fecha que escribo esto (17/05/2024) en España solo hay 24 bodegas que ostentan el sello de VP.

Denominación de Origen Calificada (D.O.Ca.)

La D.O.Ca. es una distinción otorgada a regiones vinícolas que han demostrado consistentemente una calidad superior durante un largo periodo. En España, solo Rioja y Priorat ostentan esta calificación. Para obtenerla, una denominación de origen debe cumplir con estrictos requisitos de control y calidad, garantizando que sus vinos se mantengan entre los mejores del país.

Denominación de Origen (D.O.)

La D.O. es una de las menciones más conocidas y comunes en España, indicando que un vino ha sido producido en una región específica con características geográficas y climáticas determinadas. Además, los métodos de cultivo y producción deben seguir las normas establecidas por el consejo regulador de la D.O., asegurando una calidad homogénea.

Vinos de Calidad con Indicación Geográfica (V.C.)

Estos vinos se sitúan en un nivel inferior a la D.O., pero aún deben cumplir con ciertos estándares de calidad. La indicación geográfica asegura que las uvas provienen de una zona específica, lo que contribuye a las características particulares del vino. Aunque no tan rigurosos como las D.O., estos vinos mantienen un estándar que los diferencia del vino de mesa común.

Un artículo de Luis Pablo
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